Realizar la redacción del contrato de trabajo

Realizar la redacción del contrato de trabajoUna vez que hemos obtenido un nuevo empleo debemos fijar toda la información referente a nuestra relación con la empresa en un documento conocido como contrato de trabajo. Este simboliza un acuerdo entre dos partes, el empresario y el empleado, en la cual el primero proporcionará al segundo un trabajo a cambio de una remuneración.

El contrato de trabajo –o contrato laboral- trae consigo una serie de derechos y obligaciones. El empleado está obligado a realizar el trabajo previsto para él, y tendrá derecho a recibir una remuneración, vacaciones pagadas y otros beneficios que se incluyan en el contrato. El empleador estará obligado a abonar el salario convenido, las cotizaciones a los seguros sociales, etc.



Tipos de contratos de trabajo

Antes de aprender cómo se realiza un contrato de trabajo es fundamental conocer cuáles son los tipos de contrato de trabajo que existen en la actualidad, ya que cada uno de ellos tiene sus particularidades.

  • Contrato indefinido: Es un contrato que no tiene fin, lo que supone mayor estabilidad para el trabajador ya que le permite acceder a un puesto de trabajo estable. Sin embargo, el contrato puede extinguirse si la empresa argumenta una razón de peso para el despido procedente del empleado.
  • Contratos temporales: Son aquellos que tienen una fecha de cese de contrato estimada.
    • Contrato por obra o servicio: Se utiliza para cuando la empresa necesita un trabajador para cubrir una actividad o proyecto concreto. No puede prorrogarse más de 3 años.
    • Contrato eventual: Se utiliza cuando la empresa experimenta un gran volumen de trabajo y necesita un trabajador de forma puntual debido a circunstancias imprevistas. No puede superar los 6 meses.
    • Contrato de interinidad o relevo: Con este tipo de contrato un nuevo empleado pasa a formar parte de la empresa para cubrir la ausencia de un trabajador regular de la organización. Su ausencia puede darse por motivos de jubilación, maternidad, vacaciones, etc.
  • Contrato en prácticas: Se emplea para poner en práctica las habilidades laborales de los profesionales que estén cursando unos estudios o los hayan finalizado recientemente, en un plazo máximo de 5 años. La actividad laboral tiene que ajustarse a su nivel de formación para permitir que el empleado reciba un aprendizaje adecuado. Tiene una duración de entre 6 meses y 2 años y debe ser remunerado con un salario no inferior al 60% del de un trabajador con las mismas funciones.
  • Contrato para la formación y el aprendizaje: Mediante este contrato los jóvenes de entre 16 y 30 años podrán acceder al mundo laboral alternando trabajo y formación en su puesto de trabajo. Tiene una duración de entre 1 a 3 años. La retribución que percibirán no será menor al SMI e irá dictada por convenio. Las empresas obtendrán bonificaciones por la realización de este tipo de contratos.

¿Cómo se realiza un contrato de trabajo?

A la hora de realizar un contrato de trabajo hay que tener en cuenta unas normas básicas para que este cumpla con los requisitos establecidos por ley, que son:

  • Formalizar el contrato por escrito.
  • Ambas partes (empresa y empleado) deberán firmar el contrato.
  • La empresa deberá presentar el contrato en el SEPE en un plazo máximo de 10 días tras su realización para que este tenga validez legal.


Datos que debe contener el contrato

En el documento redactado que conforma el contrato laboral deberán adjuntarse los siguientes datos:

  • Datos de la empresa y del trabajador.
  • Nombre del puesto.
  • Fecha en la que se iniciará la relación laboral y su duración.
  • Tipo de contrato de trabajo que se celebra.
  • Objeto del contrato, es decir, las funciones que va a desempeñar el trabajador en la empresa.
  • Condiciones en las que se va a prestar el servicio (lugar, días de la semana, horario...)
  • Duración del periodo de prueba, si lo hubiera.
  • Duración de las vacaciones.
  • Remuneración.
  • Convenio colectivo aplicable.

En el contrato también podrá añadirse, de forma extraordinaria, diferentes cláusulas si el empleado lo requiere, como la cláusula de plena exclusividad, que impide que el trabajador pueda trabajar para otras empresas tanto por cuenta ajena como por cuenta propia mientras desempeña su labor en la empresa en la que está contratado.

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