Liquidación de impuestos: qué es, cómo se hace y plazos

Resumen rápido: La liquidación de impuestos es el cálculo y la notificación de la deuda tributaria. Cuando el propio contribuyente calcula, presenta y paga el impuesto, hablamos de autoliquidación. A continuación verás qué es, diferencias, modelos de la AEAT, plazos habituales y cómo presentarlo paso a paso.

¿Qué es la liquidación de impuestos?

En una liquidación tributaria la Administración cuantifica una deuda y la notifica al contribuyente. En la autoliquidación es el propio contribuyente quien calcula la cuota, presenta el modelo y paga. En ambos casos se determina la base imponible, el tipo y la cuota a ingresar, devolver o compensar.

Liquidación vs. autoliquidación: diferencias clave

  • Quién la realiza: Administración (liquidación) / contribuyente (autoliquidación).
  • Notificación: la liquidación administrativa debe notificarse formalmente; la autoliquidación se considera presentada con el envío del modelo.
  • Correcciones: si te equivocas en una autoliquidación puedes presentar una declaración complementaria o rectificación según el caso.

Modelos más habituales y qué impuestos liquidan

  • IVA: Modelo 303 (trimestral/mensual) y Modelo 390 (resumen anual).
  • IRPF autónomos: Modelo 130 (estimación directa) o Modelo 131 (módulos).
  • Retenciones: Modelo 111 (trabajo, profesionales) y Modelo 190 (resumen anual); Modelo 115 (alquileres) y Modelo 180 (anual).
  • Impuesto sobre Sociedades: Modelo 200 (anual) y pagos fraccionados Modelo 202.

Plazos habituales

De forma general:

  • Trimestrales (303, 111, 115, 130, 131): suelen presentarse del 1 al 20 de abril, julio y octubre; en enero los plazos varían según el modelo (el 303 del 4T suele llegar hasta fin de enero junto al 390; los demás, habitualmente hasta el día 20).
  • Impuesto sobre Sociedades (200): 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al cierre del ejercicio (si cierras el 31/12, suele ser a finales de julio).
  • Pagos fraccionados IS (202): normalmente en abril, octubre y diciembre (primeros 20 días).

Consejo: la domiciliación bancaria suele cerrarse unos 5 días antes del fin del plazo. Revisa siempre el calendario oficial vigente.

Cómo presentar una autoliquidación paso a paso

  1. Prepara la información: facturas emitidas/recibidas, libros registro, nóminas, alquileres, etc.
  2. Accede a la Sede de la AEAT e identifica con certificado digital, DNIe o Cl@ve.
  3. Elige el modelo correspondiente (303, 130, 111, 115, 200, 202…).
  4. Rellena los datos, valida y guarda el justificante.
  5. Elige cómo pagar: domiciliación, NRC (pago en banco) o adeudo en cuenta. Si procede, solicita aplazamiento/fraccionamiento.

Errores frecuentes y cómo evitarlos

  • Fechas fuera de plazo: puede haber recargos e intereses. Usa recordatorios y presenta aunque sea fuera de plazo para minimizar recargo.
  • Cuotas mal calculadas: si falta una factura, presenta complementaria o solicita rectificación cuanto antes.
  • Compensaciones de IVA/IS mal aplicadas: documenta los saldos a compensar y su origen.

Preguntas frecuentes

  • ¿Qué es la liquidación de impuestos? La determinación de la deuda tributaria. Si la realiza el contribuyente es una autoliquidación.
  • ¿Qué modelos se presentan cada trimestre? Habitualmente el 303 (IVA), 130/131 (IRPF), 111 (retenciones) y 115 (alquileres).
  • ¿Puedo conocer el estado de mis liquidaciones? Sí, desde la Sede de la AEAT con tu certificado o Cl@ve, en Mis Expedientes y Mis Declaraciones.
  • ¿Qué hago si me equivoco? Presenta complementaria (si aumenta la deuda) o solicita rectificación (si reduce).
  • ¿Se puede aplazar el pago? En muchos casos sí, solicitándolo en la propia presentación; depende del importe y del modelo.

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Importante: la normativa y los plazos pueden actualizarse. Verifica siempre el calendario tributario oficial vigente.

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