Presentación de las Cuentas Anuales en 2020

Presentación de las Cuentas Anuales en 2020Este año la crisis del coronavirus ha cambiado por completo las estructuras que teníamos, obligando a las instituciones a realizar cambios y modificar los plazos para poder cumplir con nuestras obligaciones a tiempo, teniendo en cuenta que el país ha estado prácticamente parado durante los meses de marzo y abril. En especial nos referimos a todo lo relacionado con la presentación de documentos contables, como puedan ser las Cuentas Anuales de la empresa.

Las Cuentas Anuales están formadas por documentos que recogen la información financiera de la empresa. Se componen del balance de situación, la cuenta de pérdidas y ganancias, el estado de cambios en el patrimonio neto, el estado de flujos de efectivo y la memoria.

Las Cuentas Anuales se realizan, como bien dice su nombre, de forma anual cada 12 meses. Deberán estar firmadas por un auditor que responda ante la veracidad de los datos recogidos en ellas. Deberán ser presentadas una vez al año ante el Registro Mercantil, solo por aquellas empresas que estén obligadas a ello, que son:

  • Sociedades Anónimas
  • Sociedades de Responsabilidad Limitada
  • Sociedades extranjeras con sucursal en España
  • Sociedades comanditarias
  • Empresarios que tengan obligación de publicar sus Cuentas Anuales.


Estos documentos son esenciales para poder evaluar de forma global el estado del negocio y la evolución que ha experimentado durante el último año.



Cambios en la presentación de las Cuentas Anuales en 2020

El Real Decreto-ley 8/2020 de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del coronavirus incluye una serie de medidas de carácter societario y mercantil, entre las cuales se engloba la presentación de las Cuentas Anuales del pasado año.

Las fechas en las que se produce la formulación y aprobación de las Cuentas Anuales y otros documentos que sean obligatorios por la legislación de sociedades serán determinantes para fijar el plazo del depósito de las mismas ante el Registro Mercantil.

Teniendo en cuenta que el ejercicio contable del año 2019 finalizó el 31 de diciembre, en una situación normal los plazos hubieran sido los siguientes:

  • 3 meses para la formulación de las cuentas a partir del cierre del ejercicio social, hasta el 30 de marzo del siguiente año si coinciden las fechas del ejercicio económico y el año natural.
  • Los 3 meses siguientes desde el 1 de abril hasta el 30 de junio para someter a la junta general a la aprobación de las cuentas y decidir la distribución de los resultados.
  • 1 mes para la presentación de las Cuentas Anuales al Registro, hasta el 30 de julio.


Sin embargo, este año la presentación de las Cuentas Anuales podrá llegar a dilatarse hasta el 31 de octubre del 2020, como consecuencia de las modificaciones en el ciclo contable producidas por la paralización de los plazos procesales, que volverán a regir a partir del día 1 de junio.

El plazo para la presentación de las Cuentas Anuales en 2020, por tanto, se ha visto modificado. Las empresas tendrán hasta el 31 de agosto para formular –o reformular- sus Cuentas Anuales de 2019. Se da por supuesto que será necesaria la reformulación de las cuentas a causa del impacto de la crisis del Covid-19.

Aquellas sociedades que el 14 de marzo no hubieran formulado todavía sus Cuentas Anuales podrán legalizar sus libros obligatorios hasta el 30 de septiembre, contando desde la fecha en la cual los plazos procesales fueron reactivados.

La auditoría de cuentas deberá terminarse para cuando finalice el plazo de presentación de las Cuentas Anuales (el 31 de agosto). Además, si el órgano de gobierno de una sociedad hubiera formulado las cuentas del anterior ejercicio antes o durante la vigencia del estado de alarma, el plazo para la verificación de las cuentas, tanto si es una auditoría obligatoria como voluntaria, será prorrogado por dos meses más tras la finalización del estado de alarma el 21 de junio. El plazo para que la minoría nombre un auditor de cuentas será el mismo que para formular dichas cuentas, hasta el 31 de agosto.

En nuestra asesoría en Zaragoza nos ocuparemos de ayudarle con todos los trámites relacionados con la presentación de las Cuentas Anuales en 2020. Ante cualquier duda sobre la modificación de los plazos, no dude en formularnos sus dudas y podremos ofrecerle nuestros servicios como asesores contables para poder gestionar eficazmente las cuentas de su empresa.

INFORMACIÓN Y PRESUPUESTO ON-LINE