¿Cómo realizar una reclamación de impagos?

Reclamación de impagosEn múltiples ocasiones podemos encontrarnos con que una persona, empresa, entidad u organización nos deba dinero. Una situación complicada que el afectado deberá hacer frente para recuperar la cuantía económica que le debe ser retribuida.

Un impago puede producirse en el ámbito laboral, si la empresa deja a deber al trabajador alguna retribución en concreto o varias en el tiempo. También puede darse en el caso de que una persona tenga alquilada una propiedad a otra, y el arrendatario se olvide o se niegue a abonar los costes mensuales. Incluso en las comunidades de vecinos podemos hallar morosos que se nieguen a pagar las cuotas. En definitiva, podemos encontrarnos numerosas situaciones en las cuales se produzca un impago.

La ayuda de un abogado o asesor podrá hacer que los afectados por los impagos reciban una adecuada asesoría legal para poder iniciar el proceso de reclamación de impagos.

En primer lugar, es altamente recomendable recurrir a la vía extrajudicial para la reclamación de las cantidades adeudadas. Se deberá notificar al moroso mediante un burofax para iniciar la reclamación por la vía de la negociación. Un requisito esencial para poder iniciar el proceso judicial posteriormente y probar que el moroso ya ha sido notificado y se le ha reclamado la deuda.

En caso de que la negociación no surja efecto y la deuda siga sin cobrarse, el afectado podrá recurrir a la vía judicial. Para ello, podrá interponer una demanda en el Juzgado de Primera Instancia donde se sitúe el domicilio del deudor.

Reclamación de impagos por procedimiento monitorio

El procedimiento monitorio es el método más común para recurrir a una reclamación de impagos por vía judicial, por ser el proceso más ágil para la solicitud de deudas impagadas. Este procedimiento judicial se creó en la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000 para la reclamación de deudas sin un límite de cuantía concreto. Es un instrumento rápido y eficaz con un alto porcentaje de éxito en la reclamación de impagos, por ello se suele recurrir en la mayoría de los casos a él.

La deuda deberá cumplir los siguientes requisitos para poder recurrir al procedimiento judicial: tiene que ser de carácter dinerario, ser líquida, determinada, vencida y exigible. Esta deberá ser documentada mediante facturas, cartas certificadas, albaranes, e-mails... Todas las pruebas que pueda recopilar el afectado serán imprescindibles para poder reclamar ante el Juez la deuda.

Para la presentación de la solicitud inicial no se requiere abogado o procurador. Como ya hemos dicho, el interesado deberá presentar la demanda ante el Juzgado de Primera Instancia más cercano al domicilio del deudor. En la solicitud se deberá rellenar un modelo oficial del Ministerio de Justicia y adjuntar la documentación que pruebe la deuda. Es necesario conservar dos copias: una para el juzgado y otra para el moroso. El organismo judicial tramitará y notificará la reclamación al deudor, estableciendo un plazo de 20 días para que el deudor abone la cuantía reclamada o bien se oponga a la petición.

Iniciar un procedimiento monitorio para la reclamación de impagos requiere abonar una cantidad fija de 100 euros para aquellas personas físicas o jurídicas que interpongan la petición del juicio monitorio, más una cantidad variable que dependerá de la cuantía que se reclame en el proceso. Para las deudas inferiores a 2.000 euros se puede solicitar la justicia gratuita y de esta forma no abonar la cuantía fija.

El proceso monitorio puede finalizar de tres formas diferentes:

  • El deudor abona la deuda pendiente y finaliza el proceso.
  • El deudor no responde a la reclamación de la deuda. Se declarará como terminado el proceso y el acreedor podrá iniciar la ejecución de la deuda, exigiendo el embargo de los bienes, nóminas...
  • El deudor presenta un escrito de oposición. Si la cantidad reclamada es inferior a 6.000 euros el proceso monitorio se dará por finalizado para dar paso a un juicio verbal. Si la cantidad es mayor a esta cuantía, el afectado podrá presentar una demanda para iniciar un juicio ordinario donde se reclame la deuda. Para ello, necesitará la asistencia de un abogado y procurador. Es imprescindible que se presente la demanda en plazo, porque de lo contrario se dará fin a las acusaciones y se deberá afrontar las costas que han sido ocasionadas a la persona deudora.



Es importante que la reclamación de impagos no se demore demasiado en el tiempo, ya que de lo contrario sería muy complicado demandar las cantidades adeudadas y probar que efectivamente se ha producido el impago. Si después de intentar contactar con el deudor por la vía extrajudicial este no se ha pronunciado, no espere más a iniciar los trámites judiciales, y más si la cantidad a deber es muy elevada.

Para poder resolver el proceso de forma exitosa es altamente recomendable el acudir a un asesor legal que pueda informarle convenientemente de todos los trámites a realizar. En nuestra asesoría en Zaragoza, nuestros expertos se ocuparán de ofrecerle toda la información que necesita sobre su caso y recomendarle diferentes soluciones para la reclamación de impagos. Solicite más información contactando con nuestros asesores y le responderemos a la mayor brevedad.

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